lunes, 27 de octubre de 2014

LEY DE LEALTAD COMERCIAL.


La Ley N°22.802 de Lealtad Comercial establece reglas claras para la identificación de productos y servicios que se ofrecen en el mercado. Son reglas elementales que deben cumplir los proveedores para cumplir con el derecho a la información de los consumidores.

1. Identificación de mercaderías

La correcta identificación de los bienes también hace al derecho a la información veraz y oportuna que deben tener los consumidores respecto de las características de los productos que consumen. La identificación de mercaderías se refiere al rotulado y/o etiquetado de productos. Los frutos o productos que se comercialicen envasados deben contener la siguiente información: Denominación del producto (ej. Tomate perita pelado) origen (país donde fue fabricado) calidad, pureza o mezcla (ej. ingredientes que contienen los alimentos, material con que fue fabricada una cartera) medidas netas de su contenidos (ej. 1 kg. 1 litro, 20cm x 20cm) Esta información debe estar en un lugar visible. Si se trata de productos peligrosos, reparados o de calidad inferior, deberá estar indicada en forma destacada.
RECLAMO: Cuando el peso informado en el envase no coincide con el peso real del producto o si las pulgadas que dicen tener los televisores no coinciden con la medición se puede hacer la denuncia por incumplimiento de la Ley de Lealtad Comercial. También se puede realizar la denuncia en las oficinas de defensa del consumidor por brindar información errónea sobre las características esenciales del producto y por incumplimiento en la oferta de venta realizada.

2. Exhibición de precios

Es obligatorio para los comercios exhibir los precios de los productos tanto de productos como de servicios, en el momento previo a la compra o contratación. Los precios de los productos deben ser exhibidos o publicitados, por unidad, en forma clara, visible, legible y horizontal.
En el caso de las vidrieras, todos los productos exhibidos deben tener su precio a la vista, salvo que se dediquen exclusivamente a la venta mayorista, o se trate de joyas u obras de arte.
Si bien se deben respetar las mencionadas características, las formas para exhibir precios varían según el rubro y las modalidades de exhibición en los locales comerciales. No es lo mismo un supermercado, un restaurante, un local de comidas, un hotel, una carnicería, una panadería, productos de venta al peso, garajes y playas de estacionamiento, combustible entre otros rubros.

3. Publicidad

El control de la publicidad también hace resguardar el derecho a la información que tiene el consumidor. Debe ser cierta, clara y detallada. Según el Art. 9 de la Ley de Lealtad Comercial, publicidad engañosa es la que contiene afirmaciones y omisiones explícitas o implícitas acerca de las características propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio, condiciones de comercialización o técnicas de producción de los productos o servicios que anuncia y que puedan inducir a error o engaño al consumidor.Ejemplo:
  • Una empresa automotriz publicita la venta de un modelo de camioneta con reproductor de CD y luego se comprueba que ese modelo no sale al mercado con ese accesorio.
  • Una empresa de telefonía celular que informa a sus usuarios que pueden realizar consultas gratis a un número 0810, cuando en verdad se constata que se refiere a una línea que tiene consto para el consumidor que llama.
  • Una marca de adelgazantes promete en su publicidad bajar 4kg en 4 días. Se logra constatar a partir de varias denuncias que las empresas involucradas no pueden ni pudieron garantizar ese resultado.

4. Seguridad de los productos

Para proteger la seguridad de los consumidores existe la obligación de obtener una certificación del cumplimiento de requisitos mínimos de seguridad establecidos en normas técnicas – IRAM; IEC; ISO – respecto a determinados productos que la autoridad consideró necesarios como ser: los productos eléctricos, los juguetes, bicicletas de uso infantil, encendedores, el acero estructural para la construcción, elementos de protección personal (cascos y calzado de seguridad de uso industrial).
Existen normas de seguridad para los productos de uso doméstico que por su composición puedan resultar peligrosos, obligando a utilizar envases con cierres que impidan la apertura accidental por parte de los niños. Estos productos deben exhibir el sello de seguridad argentino en un lugar visible o en su embalaje, y garantiza al consumidor que cumple con las normas de seguridad requeridas. El incumplimiento de esta exhibición debe ser denunciado.

5. Promociones y concursos

La Ley de Lealtad Comercial, en su Art. 10, prohíbe la realización de concursos o sorteos con intervención del azar en los que la participación se encuentre condicionada a la compra de algún producto o servicio. Siempre debe estar previsto algún mecanismo de participación no sujeto a la compra del producto o la contratación del servicio.
Las bases de los sorteos deben contener: Plazo de vigencia del evento, forma de participación gratuita en el concurso, probabilidad matemática de adjudicación de premios, fecha y lugar donde se realizará el sorteo, listado completo de premios.
Las ofertas y promociones obligan a su cumplimiento por quien las realice durante todo el tiempo de su vigencia. Esto incluye lo referido a las fechas, modalidades, condiciones y limitaciones. Todo incumplimiento entre lo ofertado y lo efectivamente entregado debe ser denunciado (artículo 7 Ley 24.240). Las previsiones de la publicidad deben ser cumplidas ya que se consideran incluidas en el contrato. Por lo tanto, se puede exigir su cumplimiento y en su caso realizar la denuncia en las oficinas de defensa del consumidor (artículo 7 y 8 Ley 24.240).

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