lunes, 27 de octubre de 2014

DERECHO A LA INFORMACIÓN.


El consumidor tiene derecho a ser informado en forma cierta, clara y detallada sobre todo lo relacionado con las características de las cosas o servicios que obtenga y, sobre todo, de las condiciones de comercialización.
Antes de contratar, solicitar toda la información para evaluar y comparar la calidad, precio y condiciones de los servicios y productos ofrecidos. Toda la información debe ser brindada de forma gratuita. Tener en cuenta:
  • En los alimentos leer todo lo que dicen las etiquetas y verificar la fecha de vencimiento Exigir al vendedor la entrega de manuales de uso, catálogos e instrucciones de los productos.
  • Es obligación que nos informen sobre los sistemas de pago, intereses o recargos en las compras de crédito, y deben estar por escrito.
  • Cuando se ofrece un producto de segunda selección, usado o reconstruido, se debe indicar esta característica en forma precisa y visible.

Publicidad

Los anuncios publicitarios tienen por objeto dar a conocer un nuevo producto e incentivar su venta. Si bien su mensaje está orientado a promocionar un producto, la información brindada no debe ser falsa ni engañosa. Es muy importante conservar folletos de ofertas o promociones de los servicios que se contratan: los anuncios o folletos publicitarios obligan al vendedor a cumplir con lo que expresan, y forman parte del contrato con el consumidor. En caso de contradicciones con otros documentos a la hora de contratar, es válido lo ofrecido en la publicidad si resulta más favorable al consumidor.

Oferta

Cualquier oferta o promoción dirigida a los consumidores, debe ser cumplida por quien la ofrece durante el tiempo en que se realice. Es obligación que se consigne la fecha de comienzo y finalización de la oferta, las modalidades, condiciones o limitaciones. En caso de limitar las unidades ofrecidas para la venta, se puede utilizar la frase “hasta agotar stock”, pero expresando siempre la cantidad de productos disponibles.

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